TRAZADO DE ARQUITECTURA
LIBERTAD, IGUALDAD, FRATERNIDAD
La libertad es el derecho que tienen las personas de actuar libremente, pensar y hablar sin hipocresía
José Martí (masón cubano)
A veces la masonería se nos vuelve contradictoria. Por una parte dice defender tres principios básicos: El de la Libertad, que garantiza la libertad de creencias y de pensamiento; el de la Igualdad de todos los seres humanos y el de la Fraternidad. Pero por otra parte, sus acciones demuestran que una cosa es la teoría y otra la praxis.
En este trazado no voy a versar sobre los principios de Igualdad y Fraternidad. Ya lo haré en próximas ocasiones. Y no es que resulten cuestiones menores, pero de hacerlo daría lugar un trazado extenso que sería cansado para mis hh.·., tan poco acostumbrados a la lectura en el Taller.
Centrémonos, sin más delación por tanto, en el Principio de la Libertad y en uno de sus aspectos más esenciales: La Libertad de Creencias.
Donde mora la libertad allí está mi patria
Benjamin Franklin (Masón Norteamericano)
La Libertad Absoluta de Conciencia debe ser la Clave de Bóveda de todos los francmasones, en todas las Obediencias, porque lo es a la vez de todas las libertades.
¿Está dentro de la ética masónica la aceptación de unos linderos infranqueables e inamovibles, que deben ser aceptados como parte de un sólido dogma y que se convierten para algunos en motivo de aceptación o de exclusión masónica?
Para poder dilucidar sobre esta cuestión debemos dejar claro antes qué es un Landmark o lindero. El vocablo Landmark fue usado por la masonería inglesa, tomándola de textos bíblicos (Job 24, 2 y Profetas 22, 28 y 23, 10. Y se refiere a las fronteras o lindes, tanto físicas, como intelectuales y morales que no se deben traspasar nunca y que deben ser aceptadas y no cuestionadas.
La masonería anglosajona usa estos linderos para delimitar lo que es masón y lo que no lo es. O dicho de otra forma: Dentro de estos linderos se encuentra la masonería, fuera de ellos, no existe.
Los defensores de esta teoría inmovilista sostienen que la Masonería es un culto fundado en bases religiosas y cuyos dudosos principios originales (los Landmark) son inmutables hasta el fin de los tiempos y, en consecuencia, no se pueden introducir modificaciones en los principios y fundamentos de la Masonería Original, sin cesar de ser Masonería.
El texto más veces referido con respecto a los linderos masónicos, las Constituciones de Anderson, no son de modo alguno un viejo lindero.
La Constitución publicada por la Gran Logia de Inglaterra en el año 1723 es una verdadera reforma de los usos y costumbres de la Masonería operativa, llevada a cabo por la necesidad de organizar la Fraternidad, a fin de reunir los elementos dispersos y coordinar sus esfuerzos.
Esto está claramente recogido en la página 73 del Libro de las Constituciones de 1723, en la que se puede leer:“...Habiendo sido en Inglaterra considerablemente interpoladas y mutiladas y lamentablemente alteradas las añejas Constituciones... nuestro antiguo Respetable Gran Maestre encargó al autor examinar, corregir y redactar, siguiendo un método nuevo y mejor, la historia, deberes y reglamentos de nuestra vieja fraternidad. En consecuencia, este último ha estudiado diversos documentos provenientes de Italia, de Escocia y de distintas regiones de Inglaterra (entre los que encontró gran número de errores) y de ellos, así como de otros antiguos archivos masónicos, sacó las Constituciones aquí publicadas con los Deberes y Reglamentos Generales”.
Pero aquellos masones que permanecían fieles a lo que creían ser la verdadera tradición masónica, no querían admitir que esta podía haber sido realmente corrompida por alteraciones de todo orden.
Es precisamente a estos hermanos a quienes se debe la publicación de una Constitución (“The Old Constitutions belonging to the Ancient and Honourable Society of Free and Accepted Masons”), copiada de un supuesto documento manuscrito de más de quinientos años de edad, que nunca fue mostrado.
Fueron ellos quienes años más tarde publicaron una lista enumerativa de los “Landmarks”, o Principios Fundamentales e Imprescindibles de la Orden, que opusieron con éxito a los recogidos en las “Obligaciones de Anderson”, recogidos en los Landmarks de McKey. Hoy en día, aun la Gran Logia Unida de Inglaterra hace de esos Landmarks la base de la ortodoxia masónica y todavía hoy muchos hermanos creen que ciertos linderos están indisolublemente unidos a las Constituciones de Anderson. Nada más alejado de la realidad.
Si confrontamos los Landmarks de McKey y las Obligaciones de Anderson, podemos comprobar que ambos documentos se contradicen en muchos aspectos. Estas diferencias no son fruto del azar, son voluntarias, premeditadas y puestas a punto para cumplir los fines para los que fueron creados.
Estas diferencias se acentuaron con el tiempo e impulsaron a los “antiguos” (la oposición de los “modernos” que rodeaban y apoyaban a Anderson) a volver a sus antiguos sentimientos, renegar de las Constituciones de Anderson, invocar la imprescriptibilidad de los linderos (landmarks) que ellos “habían descubierto” y provocar así la alteración del texto original de Anderson y posteriormente la fusión entre sus linderos con las Obligaciones de Anderson.
Respecto a los Ladmark, debemos aceptar que hasta hoy no conocemos su número exacto ni sus orígenes verdaderos. Unos pocos corresponden a los antiguos e inalterables linderos. Otros muchos no son nada más que tardíos agregados e interpolaciones que tuvieron como objeto primordial sustentar posiciones altamente criticables por lo poco masónicas.
Cuando se proclama que los antiguos linderos son “inalterables, inamovibles e inmutables vamos en contra del principio Universal de la mutabilidad del Universo. Nada permanece igual eternamente; y menos una serie de normas elaboradas en un enorme refrito histórico. La naturaleza no es estacionaria y así lo hacemos ver en nuestros talleres cuando levantamos en ellos las doce columnas que representan al zodíaco, símbolo de la mutabilidad de todo lo que nos rodea.
Son por tanto las Obligaciones de Anderson, al igual que los Principios Básicos Constitutivos de la Francmasonería Universal del año 1523, los únicos documentos capaces de proporcionar una base sólida al derecho masónico. Los landmarks o linderos, bajo su forma actual no solamente poseen un nulo su valor masónico y jurídico, sino que, además de su imprecisión y su falta de coordinación constituyen para la Orden un mal de una excepcional gravedad que sería de urgencia extirpar.
"La libertad de pensar es la más sagrada de las libertades. Lo que hoy se llama Libertad de Conciencia, antaño se llamó herejía."
Un Masón Español
¿Y basado en estos linderos es en lo que la masonería anglosajona argumenta su marchamo de masoneidad? Es por este refrito de normas por el que se infringe el principio masónico de Libertad de Conciencia?
Particularmente siempre me he opuesto, pues opino que la Libertad de Conciencia y el derecho a pensar diferente y a la oposición a todo dogma, deben estar garantizados por encima de todo.
Somos una institución fuertemente cimentada en la luz del conocimiento. Y, por tanto, a la luz de la razón todo es escrutable, opinable y oponible. Aceptar los Landmark no sólo atenta contra la libertad de pensamiento, sino que infringe un duro golpe al poder de la razón; puesto que creer en un dogma, es decir en algo que hay que aceptar porque sí, porque no es demostrable sólo es asumible en el ámbito de lo religioso y la religión ha de quedar adscrita al ámbito de lo personal y privado.
La construcción mutua del edificio masónico propio y también del colectivo, ha de estar basada en el respeto total del otro y de su derecho discrepar; y por eso, si debería haber un Landmark o lindero que nadie ni nada debería traspasar es el del Respeto de la Libertad Absoluta de Conciencia.
En Los VV.·. de Granada a 29 de Nissam del 6013 lux veritas
Machado
M.·.M.·.